Abogados laboralistas en Madrid
En muchas ocasiones, y más si usted o alguien de su familia es víctima de algún accidente laboral, es recomendable que contacte con los mejores abogados laboralistas en Madrid, para que con su asesoramiento en derecho laboral usted asegure sus intereses económicos y los de su familia.
En mi larga trayectoria profesional como abogado de derecho laboral, con experiencia sobre todo como abogado de accidentes de trabajo, he tramitado los casos de muchas personas que después de sufrir un accidente laboral, no sabían cuáles eran los derechos que la legislación contempla para este tipo de situaciones. También, debido a que es un procedimiento muy similar, muchos clientes han buscado mi asesoramiento como abogado de accidentes de tráfico, para que asegurara sus intereses económicos a través de la reclamación de las indemnizaciones correspondientes.
El baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico, que es también aplicable a las reclamaciones de indemnizaciones por accidentes de trabajo, hace tres distinciones en cuanto a las indemnizaciones a reclamar se refiere. Por un lado, contempla las indemnizaciones por muerte, por otro lado, las indemnizaciones por incapacidades permanentes, y por último, las indemnizaciones por incapacidad temporal.
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A continuación, voy a exponer un ejemplo de cada uno de los supuestos para entender el trámite de reclamación de indemnizaciones por las lesiones derivadas de un accidente de trabajo. En primer lugar, contaré el caso de una mujer que debido a un accidente laboral que sufrió su marido se ha quedado viuda. A continuación, explicaré el caso de un trabajador que debido a un accidente laboral ha sido incapacitado de forma permanente, y por último, expondré el caso de un cliente que, como consecuencia de un accidente de trabajo, ha sufrido una incapacidad temporal durante más de seis meses.
Rosa, P.V había quedado viuda en Enero de 2014 como consecuencia del accidente de trabajo que sufrió su marido, que le provocó la muerte. Rosa tiene dos hijos, Miguel, R.P y Marta, R.P, ambos de 16 años de edad, y que como consecuencia del accidente quedaron huérfanos de padre. Debido a que Rosa no sabía los derechos económicos que le correspondían, contactó conmigo, para que le asesorara en el procedimiento. Para calcular las indemnizaciones que le correspondían tanto a ella como a sus hijos, utilicé el baremo de indemnizaciones de accidentes de tráfico.
Debido a que el marido de Rosa tenía 45 años en el momento del accidente, según el baremo de indemnizaciones, a Rosa le correspondía una cantidad de 115.035,21 €, y a sus hijos 47.931,33 € a cada uno. Además, debido a que se establecen unos factores de corrección de estas cantidades según la remuneración neta anual que tuviera la víctima, y debido a que el marido de Rosa ganaba 95.900 € netos al año, pude corregir las indemnizaciones en un 51 %. Por lo tanto, las indemnizaciones que reclamé para mis clientes fueron de 173.703,17 € para Rosa, y 72.376,31 € para cada uno de los hijos.
El siguiente caso que llevé en relación a este asunto fue el de Pedro, S.O. Este cliente, como consecuencia de un accidente laboral, fue declarado incapacitado permanentemente. Resbaló y se precipitó desde un segundo piso, lo que le provocó una abolición total de la movilidad del hombro izquierdo, lo que le impedía seguir trabajando como fontanero. La clasificación y valoración de secuelas establece una puntuación para cada lesión, y en este caso, a la lesión de mi cliente le da una puntuación de 20.
Por lo tanto, una vez que sabía la puntuación de la lesión, apliqué el baremo de indemnizaciones por accidente, donde según la edad de mi cliente, que tenía 42 años, le da un valor de 1.258,60 €. Al multiplicar las cantidades, la indemnización a reclamar ascendió a 25.172,00 €. Al aplicar el porcentaje de corrección del 10 %, ya que mi cliente tenía una remuneración neta anual de 28.000,00 €, la indemnización total fue de 27.689,20 €.
Para terminar, el último caso que voy a contar es de Antonio, R.T, que fue víctima de un accidente de trabajo que le provocó una incapacidad temporal durante ciento noventa y ocho días. De éstos, siete días estuvo hospitalizado (el baremo los denomina días de baja), ciento veintitrés días en los que no pudo hacer su trabajo o actividad habitual (el baremo los denomina días impeditivos), y sesenta y ocho días en los que ya pudo incorporarse a trabajar, pero que tuvo que seguir en tratamiento médico hasta su completa curación (la norma los denomina días no impeditivos).
Mi cliente me comentó que había buscado información sobre cómo calcular la indemnización que le correspondía en foros de abogados laboralistas, sin embargo, decidió contactar conmigo porque es recomendable poner estos temas en manos de expertos, ya que es necesario conocer bien la legislación aplicable, y tener experiencia tramitando este tipo de reclamaciones.
Para calcular la indemnización a la que mi cliente tenía derecho, apliqué el baremo de indemnizaciones de accidentes, en el que se establecen las cantidades de 71,84 € por cada día de estancia en el hospital; 58,41 € por cada día impeditivo; y 31,43 € por cada día no impeditivo. Por lo tanto, al hacer los cálculos oportunos las cantidades ascendieron a 502,88 € por los días de baja; 7.184,43 € por los días impeditivos; y 2.137,24 € por los días no impeditivos. Al sumar estas cantidades, la indemnización fue de 9.824,55 €.
Esta cantidad pude aumentarla en un 26 %, ya que mi cliente percibe una remuneración neta anual de 57.500,00 €, así que la indemnización reclamable ascendió a 12.378,93 €. Al comprobar que la reclamación había sido un éxito no se arrepintió de haber puesto su caso en mis manos, ya que a pesar de que es un procedimiento sencillo, es necesario conocer a fondo la legislación aplicable a cada caso.
Por eso no dude en poner su caso ante los mejores abogados laboralistas en Madrid, y así podrá tener la tranquilidad de que sus intereses y los de su familia están asegurados, reclamando las indemnizaciones que correspondan por las lesiones que haya sufrido como consecuencia del accidente.
(Defendiendo con éxito a clientes también de: Pozuelo de Alarcón, Getafe, Coslada, Móstoles, etc.)